Reflexiones R.D. 56/2016 (VII): Los contadores individuales de consumo y repartidores de costes, directamente olvidados
Increíblemente, la obligación de contabilizar los consumos energéticos de manera individual en los sistemas centralizados de calefacción, refrigeración y A.C.S., bien mediante la instalación de contadores individuales, bien mediante repartidores de costes, ha sido eliminada del texto finalmente aprobado, cuando el borrador sí la contemplaba.
La obligación entra en vigor el 31 de diciembre de 2016, de acuerdo al artículo 9 de la Directiva 2012/27/UE.
Sin duda constituye otra oportunidad perdida, una más, para avanzar en los objetivos 20-20-20 de la Unión Europea, como bien explica Antonio Ocaña, director de REMICA, en este artículo.
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